España dejará de ser uno de los países europeos con la edad de consentimiento sexual más baja: 13 años. El Consejo de Ministros del pasado 20 de septiembre aprobó la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley de reforma del Código Penal que incluye, entre muchas otras modificaciones relativas a delitos económicos, de propiedad intelectual, etc., un paquete que supone un avance en la protección de las mujeres y los menores.
Hace tiempo que la ONU había pedido a los Estados miembros aumentar la edad de consentimiento sexual, entre otras cosas, para evitar que fuera un coladero de pederastas y proxenetas infantiles; y los grupos políticos eran partidarios de hacerlo, pero no acababan de ponerse de acuerdo acerca de la edad. Ha sido ahora, a instancias del Ministerio de Sanidad y en el último minuto, cuando se ha incorporado el incremento a 16 años, uno más que el incluido en el anteproyecto redactado por el Ministerio de Justicia. La reforma debe pasar ahora por la tramitación parlamentaria.
Los jóvenes son cada vez más precoces, pero no más responsables, cosa que preocupa pero que nadie se atreve a abordar eficazmente
La frontera, en los 16 años
Con la nueva ley, si un adulto mantiene relaciones sexuales con un chico o chica de menos de 16 años –incluso en el caso de que fueran consentidas– podrá ser condenado por abusos a una pena de entre dos y seis años de cárcel, e incluso hasta 12 años, según el tipo y gravedad. Se evita así el embaucamiento al menor aprovechando su falta de madurez.
La reforma también considera un delito obligar a un menor de esa edad a contemplar relaciones o abusos entre terceras personas, al igual que contactar con él por medios tecnológicos para obtener imágenes de contenido pornográfico. Se pone coto, de esta forma, a la extensión y aprovechamiento de prácticas cada vez más extendidas entre jóvenes de esas edades, como el ‘sexting’ o envío de imágenes de contenido sexual del propio remitente.
Además, se elevan las penas en los casos de prostitución de menores o personas discapacitadas y se considera pornografía infantil imágenes realistas de menores participando en conductas sexuales explícitas, incluso en el caso de que sean fingidas. El texto amplía la jurisdicción de los tribunales españoles para perseguir a los clientes de prostitución infantil, aun cuando cometan el delito en el extranjero, siempre que sean españoles o residan en España.
Estamos ante una buena noticia porque esta reforma viene a mejorar el ordenamiento jurídico en materia de protección de menores. Hasta el momento, parecía más preocupante la seguridad vial que exige una edad mínima de 18 años para conducir vehículos que la garantía de un desarrollo normal de la persona. Sin embargo, el proyecto de ley tiene lagunas y aspectos poco definidos. Cabría pensar en el desfase entre la edad de consentimiento sexual y la edad para contraer matrimonio, actualmente en 14 años, pero ya se ha previsto una modificación del Código Civil para aumentarla a 16, de manera que esta diferencia quede subsanada.
Las relaciones consentidas con menores de 16 años serán delito, excepto cuando el autor sea una persona próxima a la víctima por edad y grado de desarrollo o madurez
Iniciación sexual
El problema de indefinición viene motivado por el temor a rozar la libertad en materia sexual. Las relaciones consentidas con menores de dieciséis años serán un hecho delictivo excepto cuando el autor sea una persona próxima a la víctima por edad y grado de desarrollo o madurez, dice el proyecto de ley. En qué consista esa proximidad y qué grado de desarrollo y madurez se requiera queda a criterio del juez. ¿Pueden tener relaciones un chico de 18 años y una chica de 15? ¿Y si él tiene 20 y ella 15? ¿Podría una defensa esgrimir razonablemente el argumento de personalidad inmadura en el caso de determinados delincuentes de tipo depredador?
Según el Informe Juventud en España 2012del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, la edad media de iniciación sexual en España se sitúa en los 17 años, y un 12% de los encuestados ha tenido su primera relación sexual antes de los 15 años frente al 5% de 2004. Los jóvenes son cada vez más precoces, pero no más responsables, cosa que preocupa pero que nadie se atreve a abordar eficazmente. Unas 11.000 adolescentes se quedan embarazadas al año en España, según el Ministerio de Sanidad, y las enfermedades de transmisión sexual aumentan entre los más jóvenes.
Quizá parte de los datos provengan de abusos cometidos por adultos –sería bueno disponer de encuestas al respecto– pero en muchos casos se trata de relaciones libres entre iguales en un contexto de desarrollo físico y emocional. Ciertamente la ley no está para perseguir la vida privada e íntima del ciudadano ni para sustituir a los padres en su labor educativa, pero sorprende que se sigue exigiendo mayoría de edad para actividades como el consumo de bebidas alcohólicas y el tabaco o el manejo de un coche, y no para la conducción de la propia vida. Nadie parece querer admitir que las relaciones sexuales no son mero divertimento sin consecuencias, sino que deben desarrollarse en un contexto de amor, exigen madurez y responsabilidad, y su mal uso tiene efectos que merecerían como mínimo las advertencias de una cajetilla de tabaco.